Licencia de Intervención y Ocupación del Espacio Público
Intervenir bienes de uso público incluidos en el espacio público, de conformidad con las normas urbanísticas adoptadas en el Plan de Ordenamiento Territorial, en los instrumentos que lo desarrollen y complementen y demás normatividad vigente.
Las Licencias de intervención y ocupación del espacio público se realizan de forma presencial por persona natural o jurídica, el trámite tiene un módico precio, los horarios de atención de Control Urbano para esta solicitud es de: 8: 00 a.m. A 12:00 p.m. y de 2:00 p.m. A 6:00 p.m.
Este trámite tiene relación con: Certificado de existencia y representación legal de la Cámara de Comercio (en caso de ser persona jurídica) y lo regula el decreto 1469 de 2010, Ley 142 de 1994.
Personas Naturales
- Ciudadanos
- Adulto mayor (De 60 años en adelante)
- Extranjeros
Personas Jurídicas
- Instituciones o dependencias públicas
- Organizaciones
- Grandes empresas
- Micro, pequeña y mediana empresa
- Organizaciones sin ánimo de lucro
Requisitos
- Diligenciar formato de solicitud de intervención y ocupación de espacio público (Pagina web o presencial).
- Copia en físico y en medio magnético de los planos de diseño del tipo de trabajo a realizar.
- Registro fotográfico de la zona a intervenir.
- Presupuesto del proyecto.
- Cámara de comercio en el caso de que sea persona jurídica.
Pasos para realizar el trámite
- Recibo de solicitud por parte del peticionario con los debidos soportes.
- Realizar pago de la liquidación de solicitud de licencia de intervención del espacio público.
- Entrega de resolución de licencia intervención del espacio público.
- Seguimiento a la ejecución de la intervención y ocupación del espacio público.
Mayor información: 42096600 EXT 1382
planeacion@santamarta.gov.co