Certificado de Límite de Barrio
Determinación de los linderos que se encuentra en una comunidad para el establecimiento de las Juntas de Acción Comunal.
La solicitud del Certificado de límite de barrio se realiza de forma presencial por parte de persona natural, es gratuito y se adquiere en un plazo de 15 días hábiles luego de haber realizado el procedimiento de solicitud en los horarios de 8: 00 a.m. A 12:00 p.m. y de 2:00 p.m. A 6:00 p.m.
Este trámite realizado por el área socioeconómica de la Secretaría de Planeación es regulado por la Ley 743 de 2002, decreto 2350 de 2003.
Personas Naturales
- Ciudadanos
- Adulto mayor (De 60 años en adelante)
- Extranjeros
Requisito
- Solicitud por escrito o derecho de petición, pidiendo el certificado de límite de barrio, firmada por la Junta de Acción Comunal.
Pasos para realziar el trámite
- Presentar la solicitud con los requisitos en la Alcaldía de Santa Marta o por el correo electrónico planeacion@santamarta.gov.co
- Se revisa la solicitud en el área Socioeconómica, y se revisa si existe la delimitación del barrio.
- Se proyecta certificado para la entrega personal.
Mayor información: 42096600 EXT 1382
planeacion@santamarta.gov.co