Trámites y Servicios
Distrito hace un llamado a los generadores de residuos peligrosos
Distrito hace un llamado a los generadores de residuos peligrosos

- Secretaría de Salud Distrital realiza búsqueda activa en los alrededores donde se encontraron residuos hospitalarios
La Secretaría de Salud Distrital reitera el llamado a los establecimientos generadores de residuos peligrosos en cuanto a la obligación de mantener una ruta adecuada para la segregación, la clasificación y la disposición final de estos elementos que genera la atención en salud y similares, debido a que estos presentan un riesgo para la salud de médicos, enfermeras, pacientes, visitantes, personal de recolección de residuos y comunidad en general.
La invitación se reitera a través de la Circular No 0063 emanada por la Cartera de Salud, luego de encontrase hace pocos días residuos hospitalarios en un contenedor y en vía pública constituyéndose esto en un riesgo para la salud pública de la población samaria.
Al respecto, el secretario de salud, Julio Salas, reiteró el compromiso y el deber de atender el llamado de acuerdo con el artículo 6 del Decreto 351 de 2014 que tienen, todos los generadores de los residuos hospitalarios y similares; al estar obligados a formular, implementar, actualizar y tener a disposición de las autoridades ambientales y sanitarias el Plan de Gestión Integral para los residuos generados.
El secretario de Salud, Julio Salas, agregó: “Cada empresa debe tener una ruta de desechos y realizar la disposición final de los residuos en lugares especiales y seguros para este tipo de residuos hospitalarios o similares”.
De ahí que una vez conocido este caso se intensificaron aún más las acciones de inspección por parte de los funcionarios de salud. Todos los establecimientos prestadores de servicios de salud son sujetos de visitas de inspección, vigilancia y control por las autoridades sanitarias y ambientales debido a la generación de residuos peligrosos.
ESTABLECIMIENTOS QUE DEBEN CUMPLIR LA NORMATIVIDAD:
Entre los establecimientos que deben cumplir con la norma se encuentran los de docencia e investigación con organismos vivos y cadáveres, cementerios, morgues, hornos crematorios, funerarias, consultorios médicos, centros de pigmentación y tatuajes, centros de estética, veterinarias y lugares donde se practiquen tanatopraxias, autopsias o preparación de cadáveres.
Boletín No 0782