Acuerdos de pago y liquidación de comparendos físicos
Este trámite aplica para quienes quieren hacer un acuerdo de pago de algún comparendo sancionado.
Para realizar el acuerdo de pago debe haber tenido una matrícula inicial en Siett Santa Marta, el costo del trámite varía dependiendo las cuotas del acuerdo que se realiza de forma presencial en la carrera 2 No.17-24 esquina. Local 1, edificio Casa del Río.
La norma que regula el trámite es la resolución: 0012379 del 2012.
Requisitos
- La persona debe cumplir uno de los siguientes requisitos, además del pago de una cuota inicial cuyo porcentaje del valor de la deuda sea del: 50%, 40%, 30%, 20% o 15%. .
- Devengar más del salario mínimo, según el monto, certificado laboral, dos últimos desprendibles de pago y fotocopia de la cédula de ciudadanía. (Si el monto de la deuda es muy alto, el certificado tiene que devengar una cifra acorde al monto que pueda justificar la deuda total. De la misma forma, el certificado laboral debe precisar que es a término indefinido).
Propietario de motocicleta o carro
- matriculado en organismo de tránsito de Santa Marta, Ciénaga, Aracataca, Fundación; debe presentar fotocopia de la tarjeta de propiedad y cédula de ciudadanía. (La tarjeta de propiedad no debe ser pignorada).
Propietario de inmueble
- Certificado de libertad y tradición con vigencia de un mes (no puede ser patrimonio familiar ni puede estar hipotecado), fotocopia de la cédula de ciudadanía.
Propietario de establecimiento
- Cámara de comercio (vigencia de 3 meses), balance general de año anterior o certificado de ingresos y retenciones y fotocopia de la cédula de ciudadanía (Debe estar domiciliado en Santa Marta).
Pasos para realizar el trámite
- Si no cumple con ninguno de los anteriores requisitos debe presentar un codeudor que cumpla alguno de ellos y presentarse con fotocopia de la cédula de los dos.
- Si no reside en Santa Marta por medio de un poder notariado debe contener la autorización expresa para suscribir el convenio de pago por los comparendos que deben estar determinado por número y fecha en el mismo poder y las facultades que le otorga para la suscripción de ese convenio de pago, que pueden ser: firmar en su representación, pagar por este, presentar recursos, recibir, transigir, desistir, entre otras.
- Los acuerdos de pago son realizados según sea el caso en la oficina 301 del edificio Pevesca (calle 15 No. 1C - 54, Santa Marta) o en la carrera 2 No.17-24 esquina. Local 1, edificio Casa del Río (si se trata de fotomultas).
Mayor información: 4365162
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